Al inicio del proceso de recaudación de esta nueva cotización de cargo del empleador, que comienza con un 1 % de la renta imponible correspondiente a agosto, su distribución será la siguiente:
Al inicio del proceso de recaudación de esta nueva cotización de cargo del empleador, que comienza con un 1 % de la renta imponible correspondiente a agosto, su distribución será la siguiente:
0,9 % se integrará al Seguro Social y se destinará al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), para comenzar a financiar la Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida para las mujeres a partir de enero de 2026.
0,1 % se abonará directamente a las cuentas individuales de AFP para aumentar el ahorro de los trabajadores y trabajadoras.
Fuente: Chile Atiende