Temas Prácticos

Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

Debido a que trabajadoras y trabajadores pueden sufrir invalidez o fallecimiento, las administradoras de fondos de pensiones (AFP) están obligadas a contratar, en conjunto, un Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) para sus afiliadas y afiliados.

El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) es financiado por las y los empleadores durante la vida laboral activa de las personas afiliadas al sistema de capitalización individual obligatoria y corresponde a un porcentaje de las remuneraciones de la o el trabajador. El seguro es adjudicado mediante licitación pública, efectuado por las AFP en conjunto.

Están cubiertos por este seguro afiliadas y afiliados que estén cotizando en una AFP, hasta 12 meses después de la última cotización. Las y los afiliados no cubiertos por el seguro deben financiar su pensión con los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual.

Importante: desde octubre de 2024, la tasa vigente del SIS para empleadores, afiliadas y afiliados independientes y voluntarios es de 1,5% de las remuneraciones y rentas imponibles, tanto para mujeres como hombres.

Fuente: Superintendencia de pensiones